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Justicia declara admisible ampliación de querella por crímenes de lesa humanidad en contra de Sebastián Piñera

La acción se basa en que el asesinato de Francisco Martínez fue posible debido a la omisión, de parte de las autoridades de Gobierno, del cumplimiento de las recomendaciones que la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas (ACNUDH) formuló en su Informe emitido el 13 de Diciembre de 2019.
La Comisión Chilena de Derechos Humanos solicitó al Séptimo Juzgado de Garantía, la ampliación de la querella por delitos de lesa humanidad en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera; del ministro del Interior, Rodrigo Delgado; del subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, y contra todos aquellos que resulten responsables del homicidio de Francisco Martínez, el joven malabarista que perdiera su vida en Panguipulli producto de un disparo de Carabineros.
La acción, que fue declarada admisible, se basa en que el asesinato de Francisco Martínez fue posible debido a la omisión, de parte de las autoridades de Gobierno, del cumplimiento de las recomendaciones que la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas (ACNUDH) formuló en su Informe emitido el 13 de Diciembre de 2019.
La acción judicial, que solicita establecer esta responsabilidad en su eventual calidad de autores, cómplices y/o encubridores, tanto en comisión activa como por omisión, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.357, que tipifica y sanciona los Crímenes contra la Humanidad, se fundamenta en que el Estado tiene la obligación de proteger el derecho a la vida, consagrado en distintos instrumentos internacionales.
Dentro del escrito para la ampliación de la querella, se menciona que el “Informe del ACNUDH, incluyó 21 Recomendaciones al Estado chileno, y que a la fecha están incumplidas, mencionando la obligación de ‘asegurar efectivamente que las fuerzas del orden público sigan estrictamente las normas internacionales sobre el uso de la fuerza en todo momento’, así como ‘garantizar el uso de métodos no violentos antes de recurrir a armas menos letales, y que éstas sean utilizadas, en todo momento, de plena conformidad con las normas y estándares internacionales”.
El documento recuerda también que se sugería “adoptar medidas con respecto a Carabineros para impulsar reformas estructurales que asegurar la supervisión civil y el monitoreo independiente de sus actividades, fortaleciendo la transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas como principios rectores, reformar los sistemas de registros de detención a fin de garantizar que la información sea recopilada de forma íntegra, oportuna y de forma desglosada. Esta información pública debe ser fácilmente accesible para las instituciones autónomas de derechos humanos en el país y debe incluir datos sobre el uso de controles de identidad por parte de Carabineros (desglosada por edad y sexo)”.
Por todo esto, la Comisión Chilena de Derechos Humanos, solicita al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que cite a declarar al Ministro del Interior y Seguridad Pública, al General Director de Carabineros de Chile, al Ministro del Interior, al Subsecretario del Interior, además del alcalde de la comuna de Panguipulli, Rodrigo Valdivia.

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