abril 19, 2024

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Se cae acusación contra ministra Izkia Siches: Cámara aprueba «cuestión previa» y queda sin efecto

La Cámara de Diputados acogió la cuestión previa de la acusación constitucional contra la ministra del Interior, Izkia Siches, dejando sin efecto el texto presentado por la bancada del Partido Republicano, que la sindicaba como responsable de «infringir la Constitución y las leyes y dejar éstas sin ejecución».

Cabe recordar que la acusación constitucional fue levantada por la bancada del partido Republicano y consistía en siete capítulos.

¿Qué plantean los siete capítulos acusatorios contra Siches?

  • Capítulo Primero: el retiro de querellas presentadas por Ley de Seguridad Interior del Estado en contra de los causantes de robos, incendios, destrozos y otros delitos graves cometidos durante el mediáticamente denominado “estallido social” y el proceso de desarticulación de la división jurídica del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
  • Capítulo Segundo: inejecución de la ley al faltar a su obligación de denunciar hechos constitutivos de delitos frente al grave atentado que sufrió la Ministra del Interior y Seguridad Pública y su comitiva en la localidad de Temucuicui, que incluyó la utilización de armas y la concreción de amenazas a la autoridad.
  • Capítulo Tercero: El haber comprometido gravemente el honor de la Nación al utilizar, de manera imprudente e inoportuna el concepto Wallmapu para referirse a territorio chileno y argentino, generando un impasse político y diplomático con autoridades de la República Argentina.
  • Capítulo Cuarto: entregar informaciones inexactas o intencionalmente incompletas a la opinión pública y a la Cámara de Diputados, infringiendo el principio de probidad administrativa en lo referente a la expulsión masiva de ciudadanos venezolanos, la incautación de armas a nivel nacional y las víctimas civiles en la Araucanía.
  • Capítulo Quinto: dejar sin aplicación la Ley de Migración y Extranjería, comprometiendo especialmente la situación de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta.
  • Capítulo Sexto: reacción tardía, insuficiente y acotada frente a los graves acontecimientos de violencia en la Macrozona sur del país. Afectación grave a la seguridad de la Nación e inejecución de la Constitución y las leyes, afectando los Derechos Fundamentales de las personas.
  • Capítulo Séptimo: omisión de presentar denuncia y querella criminal en contra del líder de la autodenominada “Coordinadora Arauco Malleco” (CAM), Héctor Llaitul, por sus declaraciones llamando a la resistencia armada contra el Estado de Chile.

Con 84 votos a favor, 57 en contra y 2 abstenciones, la Sala determinó que el libelo no cumple con los requisitos constitucionales, por lo que se entiende que no proseguirá su trámite legislativo en la cámara de Diputados

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