abril 19, 2024

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ENTÉRESE DE LAS ÚLTIMAS NOTICIAS EN BREVE

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Postula aquí hasta el 30 de julio al Subsidio de Arriendo Especial Clase Media 2021

Las postulaciones para el beneficio se podrán realizar hasta el 30 de julio en www.minvu.cl, y el trámite es totalmente online.

¿Quiénes pueden postular?

Si cuenta con Registro Social de Hogares (RSH), debe declarar Núcleo Familiar de acuerdo a la información que dicho registro indica.
Si no cuenta con RSH el postulante deberá declarar el núcleo familiar con el que postula, indicando el nombre, número de su cédula de identidad, edad y parentesco. En este caso los ingresos anteriores a la rebaja o a la cesantía no podrán superar los $2.000.000.-
Puede postular con o sin núcleo familiar

¿Documentos Requeridos?

Acreditar su cesantía o disminución de al menos el 30% en los montos de sus ingresos en la forma que indica a continuación:
La cesantía se podrá acreditar mediante UNO de los siguientes documentos:

  • Presentación del finiquito de contrato de trabajo cuya fecha no debe ser anterior al 1° de marzo de 2020, junto con el certificado de pagos de cotizaciones previsionales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) respectiva, en el que conste la cesantía.
  • Comprobante de cobros de seguro de cesantía a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

La disminución de al menos el 30% en los montos de los ingresos, se podrá acreditar mediante UNO de los siguientes documentos:

  • Informe emitido por el Servicio de Impuestos Internos respecto de los seis últimos meses de boletas de honorarios.
  • Tres (3) liquidaciones de sueldo o boletas de honorarios en que conste la disminución de los ingresos.
  • Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales o el de pagos de Cotizaciones en FONASA en que conste la disminución de los ingresos.
  • Modificación del contrato de trabajo en que conste la disminución de los ingresos.
  • Si los ingresos no se pueden acreditar de una de las formas antes señaladas, para certificar su disminución se podrá presentar un informe social de una entidad o servicio público, como municipalidad, que dé cuenta de la situación socioeconómica actual del postulante y de la disminución de sus ingresos.
  • Cualquier otro documento en el que conste de manera fehaciente la modificación de las condiciones laborales.

Tratándose de postulantes adultos mayores jubilados, éstos no requerirán acreditar cesantía o disminución de al menos 30% en los montos de ingresos, debiendo presentar comprobante de pago de pensión de vejez.
Para acreditar los antecedentes de la vivienda arrendada, se requerirá lo siguiente:

  • Presentar un contrato de arrendamiento firmado ante Notario Público, o un contrato simple firmado por las partes al cual se deberá adjuntar declaración jurada simple del arrendatario y del arrendador dando fe de la veracidad del contrato, con fecha anterior al 15 de marzo de 2021, por hasta $600.000, en el cual conste la dirección de la vivienda y la individualización del arrendatario y del arrendador (nombre y Rut de ambos). El arrendatario puede corresponder a alguno de los integrantes del Núcleo Familiar declarado. Descarga aquí la declaración jurada de veracidad del contrato
  • Completar en la plataforma el número de rol de avalúo.
  • Llenar en su postulación los datos de la cuenta de depósito al arrendador.
  • Declaración jurada por el arrendador otorgada, mediante formato tipo aportado por el Minvu, en la que junto con manifestar que es dueño de la vivienda, que ésta cuenta con Recepción Municipal y que no se encuentra sujeta a embargo, se compromete a participar en el marco de este Llamado y mantener el arriendo por todo el tiempo cubierto por el subsidio (hasta el pago de la última cuota). El Serviu podrá solicitar antecedentes adicionales que permitan verificar la veracidad de las declaraciones. En caso de comprobarse por parte del Serviu, falsedad en la declaración jurada, el arrendador incurrirá en las penas del Artículo 210 del Código Penal.

¿Cómo consigo la declaración jurada?

El Minvu dispuso de un formato tipo en el que el arrendador da cuenta de que es dueño de la vivienda, que ésta cuenta con Recepción Municipal y que no se encuentra sujeta a embargo
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