Este jueves 30 de julio desde las 09:00 de la mañana se inició el proceso para lograr el retiro de hasta un diez por ciento de los fondos previsionales ahorrados en las cuentas de capitalización individual, luego que el Congreso aprobara una Reforma Constitucional que luego fue promulgada por el Ejecutivo y publicada esta misma jornada en el Diario Oficial.
En esta nota explicaremos lo que se debe hacer para el retiro y los plazos para ello.
¿Quiénes pueden retirar el 10 por ciento?
Todos los afiliados en las AFP, sin excepción, tienen el derecho de solicitar el retiro. Eso implica un universo de casi 11 millones de personas, incluyendo a funcionarios públicos, trabajadores del ámbito privado sean chilenos o extranjeros.
¿Cuánto puedo sacar?
El monto mínimo a retirar será de 35 Unidades de Fomento (UF), lo que equivale a equivalente a 1.003.392 pesos, en tanto la cantidad máxima corresponde a 150 UF, poco más de 4,3 millones de pesos.
Si la o el afiliado tiene menos de un millón de pesos de ahorro, la ley permite el retiro de todos sus fondos previsionales los que se le entregarán en un solo pago. Quienes tienen entre 10 millones y 43 millones de pesos podrán elegir el retirar el 10 por ciento o un monto menor, sobre la base del mínimo de 35 UF.
¿Qué necesito para hacer la solicitud?
Los cotizantes que deseen pedir su retiro deben ingresar a la página web de su AFP y podrán acceder al formulario solo con su RUT y el número de serie del carnet de identidad. En el caso de los extranjeros que no tengan su RUT definitivo, pueden elevar la solicitud usando el Número Identificatorio para Cotización(NIC) junto a su clave de AFP si realizan el trámite online. Presencialmente, deberán presentar su pasaporte o documento de identidad del país de origen.
¿Cuál es el plazo para optar al retiro?
La solicitud se puede realizar desde este jueves y hasta un año después, es decir, el 30 de julio de 2021, sin embargo en una primera etapa, hasta el 3 de agosto, el proceso solo se realizará vía online, por lo tanto, no debe ir presencialmente a alguna sucursal de su AFP.
¿Cómo completo el formulario online?
Al ingresar a la página web de su AFP encontrará en el inicio un enlace para acceder a la solicitud. En ella deberá elegir si opta por el retiro total de hasta el 10% de sus ahorros previsionales (según los montos señalados anteriormente) o si prefiere hacer un giro de menor cuantía.
¿Cómo recibiré la plata?
El sistema de las AFP ha previsto distintas formas de acceder a los fondos retirados.
- Depósito en Cuenta Rut de BancoEstado.
- Depósito en Cuentas de otros bancos.
- Depósito en caja de compensación o cooperativa de ahorro.
- Cuenta 2 de AFP.
- Vale vista nominativo
Se desaconseja optar por el vale vista por ser la forma menos segura, ya que deberá retirar el documento personalmente para luego realizar el cobro en el banco correspondiente también de manera presencial.
¿Cuándo recibiré la plata?
Tres días hábiles después de realizar la solicitud, los ahorrantes recibirán la respuesta de aprobación o rechazo por parte de su AFP. La solicitud podría no ser aprobada si la persona no tiene saldo en su cuenta individual. La AFP tiene un plazo máximo de 10 días hábiles para efectuar el depósito del dinero, contados desde el ingreso de la solicitud, si es que el monto se paga en dos cuotas, la segunda se enterará en las cuentas 30 días hábiles después de la cuota inicial.
Si bien cada administradora dispondrá de su propio formulario es probable que este no cuente con tantas variaciones.
Cabe destacar, que la entrega de los recursos solicitados se deberá efectuar en los siguientes plazos: el 50% de lo solicitado en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la presentación de la solicitud ante la AFP, y el 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro.
Para revisar el formulario revisa aquí Formulario Provida
¿Si tengo deudas, me van a descontar de lo que haya retirado?
La ley señala que el retiro de los fondos previsionales es inembargable y no constituyen renta o remuneración por lo que no están afectos a impuestos, comisiones o descuentos por parte de las propias AFP o de los bancos. Sin embargo existen dos excepciones: la deuda por pensiones alimenticias y por compensación por divorcio.
Claudia Carvajal G / Diario Uchile