noviembre 21, 2024

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Ley Karin no aplica en caso del ex subsecretario Manuel Monsalve

A través de un comunicado, el Ministerio del Interior explicó las razones por las que no aplica la Ley Karin en el caso de la denuncia presentada contra el exsubsecretario Manuel Monsalve por abuso sexual

Señalar que el pasado 14 de octubre, el Ministerio Público recibió una denuncia en contra del entonces subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, por abuso sexual y violación. Quien lo acusaba era una subalterna, quien relató ante la Policía de Investigaciones (PDI) la situación que habría ocurrido el 22 de septiembre.

En ese sentido, algunas autoridades han cuestionado al gobierno por no aplicar la Ley Karin contra Monsalve, quien renunció al cargo tras la denuncia en su contra. Sin embargo, en la jornada de este sábado, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública aclaró las razones por las que la Ley Karin no aplicaría en este caso.

«Respecto de la investigación iniciada por el Ministerio Público que involucra al ex subsecretario del Interior, Manuel Monsalve, y la aplicación de la ley 21.643, también conocida como Ley Karin, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública señala lo siguiente (…)», indica el documento.

El comunicado detalla que las razones se deben, principalmente, a que la víctima no presentó la denuncia de forma interna ni a través de los canales gubernamentales, como estipula la Ley Karin.

«1. El Ministerio cumple con la ley mencionada al tener su procedimiento actualizado

2. La mencionada ley obliga a actuar en torno a una denuncia interna, lo que en este caso no sucedió puesto que no existió ninguna denuncia presentada a través de canales gubernamentales, solo la interpuesta ante el Ministerio Público.

3. Pese a lo anterior, con motivo de dicha denuncia ante el Ministerio Público, se ordenó un sumario administrativo, lo que fue informado a la víctima, quien se encuentra con licencia médica.

4. En el marco del sumario administrativo se tomaron las siguientes medidas:

– Se remitió información a la víctima sobre los pasos a seguir para ser atendida en la Mutual de Seguridad, en caso de que acepte asistencia sicológica.

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