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TOP de Valdivia condena a 10 años y un día de presidio efectivo a autor de robos con fuerza

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia condenó a Josué Antonio Acosta Alarcón a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de robo con fuerza en lugar destinado a la habitación y robo con fuerza en lugar habitado. Ilícitos perpetrados en diciembre de 2021, en la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 169-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Ricardo Aravena Durán (presidente), Alicia Faúndez Valenzuela y Daniel Mercado Rilling (redactor)– aplicó, además, a Acosta Alarcón las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 6 de diciembre del 2021, “Acosta Alarcón ingresó al domicilio de Gerardo Lermanda y su grupo familiar, ubicado en calle Mónaco 122, Valdivia, desprendiendo para ello parte del cierre perimetral y accediendo al interior de la casa por una ventana, sustrayendo una guitarra eléctrica, un polerón azul marca GAP, un computador portátil marca HP color gris con negro, una mochila y un control remoto de un drone, especies pertenecientes a Gerardo Lermanda, para luego darse a la fuga con estas en su poder”.

Asimismo, el 7 de diciembre de 2021, alrededor de las 15:00 horas, “Josué Antonio Acosta Alarcón ingresó al domicilio en que viven Gerardo Lermanda y su grupo familiar, ubicado en calle Mónaco 122, Valdivia, utilizando la misma apertura del cierre perimetral que había hecho Acosta el día anterior. Una vez dentro del recinto entró por una ventana al interior de la casa y sustrajo, con la colaboración de un segundo sujeto no identificado, quien permaneció al exterior del inmueble, un balón de gas, una cartera, un bolso con diversas especies electrónicas y un reloj marca Timex con correa café, especies todas pertenecientes a Gerardo Lermanda, para luego darse a la fuga con estas en su poder”.

“El elemento distintivo que permite variar la calificación jurídica se relaciona con la presencia de personas al interior del inmueble, aspecto apreciable para su autor atendido que el lugar mostraba señales que sugerían tal presencia, como la ubicación de dos vehículos, uno en la calle frente a la vivienda y otro al interior, en el estacionamiento contiguo. Pero además había elementos que no estuvieron presentes en la primera jornada, como una cartera sustraída a la dueña de casa, clara evidencia del retorno de sus habitantes”, consigna el fallo.

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