abril 18, 2024

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¿Quién tapa el hoyo?

La pregunta que por décadas ha tenido entrampados, a veces hasta casi enfrentados, a funcionarios del Ministerio de Vivienda y de municipios de Chile, todo a vista, paciencia y al borde del colapso de miles de vecinos, automovilistas y peatones: ¿Quién tapa el hoyo de la calle?
Es que el tema de las responsabilidades sobre la reparación de los verdaderos forados que se producen en las arterias es casi como pretender dilucidar qué fue primero, si el huevo o la gallina, en una madeja enredosa administrativa y legal poco entendible para la ciudadanía, que se termina interpretando como burocracia de la mala, pero que a la vez ha costado decenas de sanciones a ambas reparticiones tanto por hacer, como por no hacer.
Y en esa suerte de inacción en la tierra de nadie, los forados en las calles crecen y crecen hasta convertirse la mayoría de las veces –y de las calles- en pruebas de obstáculos estilo rally, trampas mortales que desafían la pericia y el aguante de conductores y sus vehículos.
En definitiva, a la cuestión de quién tapa el hoyo -o planteado más formalmente, de quién y cuándo es la responsabilidad de actuar para reparar uno de estos eventos no deseados- había que ponerle tope.
Por eso resulta pertinente el proyecto aprobado en septiembre en el Congreso Nacional tras un año de tramitación, que mediante una modificación a la Ley N° 8.946, fija el texto definitivo de las leyes de Pavimentación Comunal en materia de ejecución de obras provisorias de emergencia por parte de los municipios.
Dicho en chileno: La nueva normativa a partir de ahora permite a los gobiernos comunales intervenir de emergencia las calles sin que se requiera autorización previa del Serviu, y sin que por actuar terminen con un castigo por desviar recursos en una tarea que en principio no les corresponde, como le sucedió a 26 alcaldes hace poco tiempo.
Eso sí, existen límites: los municipios, sin supervisión ni aviso previo al Serviu, podrán reparar aquellos hoyos que no superen los veinte metros cuadrados, siempre y cuando cuenten con los recursos. De lo contrario, deberán recurrir a la acción de la autoridad pertinente, suscribir programas y convenios.
En resumen: Una excelente iniciativa que gustoso respalde, más al acordarme del estado de mi querida Valdivia.
Bernardo Berger Fett
Diputado de la República

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