Por 49 votos a favor, 18 en contra y 13 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto (boletín 10207) que ratifica el acuerdo entre Chile e Israel sobre Cooperación y Asistencia Administrativa Mutua en Materia Aduanera, suscrito en la ciudad de Valparaíso, el 20 de enero de 2014.
La iniciativa, discutida ampliamente por la Corporación y donde el marco político estuvo presente en varios de los discursos de los parlamentarios de diversas colectividades, se sustenta en el reconocimiento de ambos países de la necesidad de cooperación internacional en la aplicación y cumplimiento de las legislaciones aduaneras. Asimismo, se funda en el hecho que las medidas contra las infracciones aduaneras pueden ser más efectivas a través de una estrecha colaboración entre las autoridades de ambos Estados.
«El presente acuerdo considera que las infracciones a la legislación aduanera perjudican los intereses económicos, fiscales, sociales, culturales, comerciales y de salud pública de ambas partes. Igualmente, considera que, particularmente, el tráfico transfronterizo ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, productos peligrosos, especies en riesgo de extinción y desechos tóxicos constituyen un peligro para la salud pública, el medio ambiente y, finalmente, para la sociedad», se remarca en los textos.
El acuerdo consta de un preámbulo en el que se manifiestan los propósitos que animaron a suscribir este instrumento, en tanto que los doce artículos despliegan las normas que conforman su cuerpo principal y dispositivo. Entre otras materias, se contempla: un cuerpo de definiciones; alcances del acuerdo (artículo 2); la definición de las instancias especiales de asistencia; las obligaciones de cooperación y asistencia técnica de las partes, previa solicitud o por iniciativa propia; y normas relativas a la protección de la información, casos de excepción y costos.
Según el informe financiero, la propuesta legal, al procurar facilitar una mayor eficiencia y eficacia en materia aduanera, debería generar mayores ingresos fiscales, por la vía de la disminución de la evasión y elusión aduanera. En materia de gasto fiscal, se expresó que no se generarán nuevos compromisos financieros, con la sola excepción de aquellos costos relacionados con la contratación de peritos expertos, intérpretes que no sean funcionarios de Gobierno y eventuales solicitudes de comparecencia de funcionarios de la República de Israel para participar en procesos administrativos o judiciales, si la legislación vigente así lo permite.