abril 19, 2024

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Berger tras aprobarse ley antiportonazos: “Hay que poner atajo antes de que empiece escalar a regiones”

Diputado por Los Ríos Bernardo Berger (RN), valoró la aprobación del denominado proyecto “antiportonazos”, ya que a su juicio “hay que ponerle un atajo antes de que un tema metropolitano se convierta en un problema realmente nacional”.
La iniciativa fue aprobada este miércoles (ayer) en la Cámara Baja por 115 votos a favor y 16 abstenciones, y modifica el tratamiento de las penas de los delitos de robo y receptación de vehículos motorizados o de los bienes que se encuentran al interior de estos.
“En lo personal me preocupa que esta escalada de delitos y violencia, que hasta ahora ha tenido como protagonista principalmente la región metropolitana, no vaya a empezar a escalar hacia regiones como la mía. Todo sabemos que hay una suerte de turismo delictivo o exportación no tradicional de este tipo de conductas, que claramente en regiones no las queremos ni deseamos”, enfatizó el parlamentario.
Añadió que “el llamado ‘portonazo’ es actualmente uno de los delitos que más preocupan a la ciudadanía y autoridades, por el nivel de violencia que pueden llegar a ocupar los delincuentes para llevar a cabo este ilícito”.

Sanciones

El texto considera como robo y sanciona con la pena de presidio menor en su grado máximo (desde 3 años y un día a 5 años) la apropiación de vehículos motorizados, siempre que el autor se valga de la sorpresa o distracción del conductor o se genere por parte del autor cualquier maniobra distractora, cuyo objeto sea que la víctima abandone el vehículo para facilitar su apropiación, en ambos casos, al momento en que esta se apreste a ingresar o hacer abandono de un lugar habitado, destinado a la habitación o sus dependencias, o su lugar de trabajo.
Con la misma pena se castigará el robo de cosas que se encuentren en bienes nacionales de uso público, en sitio no destinado a la habitación o al interior de vehículos motorizados.
Además, la norma considera como robo y castiga con presidio mayor en sus grados mínimo a máximo (5 años a 20 años) la apropiación de un vehículo motorizado mediante la generación de cualquier maniobra distractora cuyo objeto sea que la víctima abandone el vehículo.
Si al momento de producirse el robo o hurto de un vehículo motorizado, se encuentra en su interior un infante o una persona que no pueda abandonar el vehículo por sus propios medios y el autor del robo o hurto inicia la conducción del mismo, se aplicará la pena de presidio mayor en sus grados medio a máximo (10 años y un día a 20 años).
Cuando el objeto de la receptación sean vehículos motorizados se impondrá la pena de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años) y multa equivalente al valor de la tasación fiscal del vehículo.

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