El Tribunal Supremo de la Democracia Cristiana determinó expulsar al expresidente de la colectividad Fuad Chahín, por la venta irregular de dos sedes partidarias, una en la comuna de Talagante y la otra en Macul, las que fueron suspendidas por la directiva que lo sucedió en el cargo.
La decisión contra el exlegislador afecta también al exsecretario nacional David Morales Nordetti, y el exadministrador Rogelio Zúñiga Escudero.
En un documento de 15 páginas, el tribunal DC decidió que “atendida la grave y reiterada infracción de los deberes partidarios que se dio cuenta en lo considerativo de este fallo, se sanciona con la medida de expulsión a Fuad Chahín Valenzuela, David Morales Nordetti y Rogelio Zúñiga Escudero”.
La resolución establece “la eliminación de los expulsados de todos los Registros Partidarios”.
En el caso de la sede de la comuna de Talagante, el fallo establece que “las condiciones del contrato no cumple con la norma del artículo 45 inciso segundo de la Ley N° 18.603 por cuanto ha realizado precisamente en contra del texto legal, en condiciones distintas de las de mercado con una contraprestación (precio) inferior al valor de mercado”.
De esto, la decisión establece que como único responsable aparece el entonces presidente de la DC Fuad Chahín “quien concluyó el contrato en las condiciones que, como apuntamos, implicaban un detrimento patrimonial para el partido”, sumando además que el exparlamentario es abogado por lo que se debía exigir un estándar mayor “respecto a su apreciación de los actos jurídicos que suscribía”.
En el caso del inmueble de la comuna de Macul, el documento señala que “se advierte responsabilidad disciplinaria tanto del entonces representante legal del partido así como de Rogelio Zúñiga, quien, de acuerdo a los correos electrónicos acompañados al proceso, tomó conocimiento tanto del precio que estaba fijando para el contrato de compraventa comprometido, así como realmente al que se suscribió”.
En ese punto, el documento establece que tanto Chahín como Zúñiga “infringen el deber militante de cumplir con responsabilidad y disciplina las tareas partidarias” establecidas en sus estatutos.
Otro caso que fundó la expulsión de los tres exmilitantes de la DC fue el de un contrato de arriendo de un inmueble en la comuna de La Florida donde también se estableció un valor inferior al del mercado, además de la firma de un nuevo contrato que no fue visado por las entidades internas de la DC para suscribirlo.
Se estima que el perjuicio de la venta de los inmuebles habría llegado a los mil 178 millones de pesos. En su momento, el Servicio Electoral objetó una tercera venta por un pago de comisión del 26 por ciento que ascendía a los 193 millones de pesos por concepto de corretaje, algo que está totalmente fuera del valor de mercado. Revise el documento del TC aquí: