El titular de la cartera de Bienes Nacionales se refirió al video que ha circulado por redes sociales en que el presidente de Gasco, Matías Pérez Cruz, expulsa violentamente a tres mujeres que permanecían en la playa aledaña a su propiedad en el sector de Lago Ranco.
Indignación ha causado en redes sociales un video en que el presidente de GASCO, Matías Pérez, expulsa violentamente a tres mujeres que permanecían descansando en una playa del sector de Lago Ranco.
En el video, el hombre insiste en que la playa es de su propiedad, exigiéndoles de manera prepotente a las mujeres que se vayan, aun cuando éstas argumentan que las playas son de acceso público.
Ante el revuelo causado por las imágenes, el ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, realizó una conferencia de prensa en la que se refirió a este caso y a las 365 denuncias que ha recibido la cartera en el último mes, sobre trabas para el uso de playas.
Además, el jefe de la cartera, señaló que en Chile no existen las playas privadas, por lo que ya se instruyó una investigación a la Seremi de Los Ríos en la que buscan determinar si es que las personas estaban en el sector de la playa o en la propiedad privada.
“Nosotros con nuestros equipos de la Seremía estamos levantando información para saber efectivamente qué es lo que ocurrió. Tenemos obviamente el video que han visto todos los chilenos y queremos levantar información exacta. En Chile no existen las playas privadas, pero sí existe la propiedad privada. Lo que hay que determinar es si la porción de espacio que estaban estas personas ocupando, corresponde a un bien nacional de uso público, es decir, una playa, cuyo acceso y uso no está nunca restringido, o si corresponde a propiedad privada”, dijo el ministro.
Así también, el ministro señaló que se duplicará la fiscalización en los sectores que colindan con playas de lagos y ríos, de manera de que no se incurra en este tipo de infracciones y anunció que el nuevo proyecto de ley buscará regular estas situaciones.
“Gracias al proyecto de ley, que está en su etapa de publicación y ya fue aprobado en el Congreso por ambas cámaras, va a existir una multa para quien, una vez fijado el acceso, impida ese acceso, de hasta cinco millones de pesos y el doble en caso de reincidencia”, señaló Ward.
Cabe recordar que actualmente, según el artículo 589 del Código Civil y el decreto de ley 1.939, las y los chilenos tiene derecho a acceder a playas de río, mar o lago, desembocaduras de ríos, cascadas o glaciares, por ser considerados todos como bienes nacionales de uso público.
Así también, el artículo 30 del Decreto N°2 del Ministerio de Defensa, datado en 2006, define a las playas de lago como “extensión de suelo que bañan las aguas en sus crecidas normales hasta la línea de las aguas máximas”.
Además, en su artículo 13, explícita que “los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a éstos para fines turísticos y de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto”.
En el video, el hombre insiste en que la playa es de su propiedad, exigiéndoles de manera prepotente a las mujeres que se vayan, aun cuando éstas argumentan que las playas son de acceso público.
Ante el revuelo causado por las imágenes, el ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, realizó una conferencia de prensa en la que se refirió a este caso y a las 365 denuncias que ha recibido la cartera en el último mes, sobre trabas para el uso de playas.
Además, el jefe de la cartera, señaló que en Chile no existen las playas privadas, por lo que ya se instruyó una investigación a la Seremi de Los Ríos en la que buscan determinar si es que las personas estaban en el sector de la playa o en la propiedad privada.
“Nosotros con nuestros equipos de la Seremía estamos levantando información para saber efectivamente qué es lo que ocurrió. Tenemos obviamente el video que han visto todos los chilenos y queremos levantar información exacta. En Chile no existen las playas privadas, pero sí existe la propiedad privada. Lo que hay que determinar es si la porción de espacio que estaban estas personas ocupando, corresponde a un bien nacional de uso público, es decir, una playa, cuyo acceso y uso no está nunca restringido, o si corresponde a propiedad privada”, dijo el ministro.
Así también, el ministro señaló que se duplicará la fiscalización en los sectores que colindan con playas de lagos y ríos, de manera de que no se incurra en este tipo de infracciones y anunció que el nuevo proyecto de ley buscará regular estas situaciones.
“Gracias al proyecto de ley, que está en su etapa de publicación y ya fue aprobado en el Congreso por ambas cámaras, va a existir una multa para quien, una vez fijado el acceso, impida ese acceso, de hasta cinco millones de pesos y el doble en caso de reincidencia”, señaló Ward.
Cabe recordar que actualmente, según el artículo 589 del Código Civil y el decreto de ley 1.939, las y los chilenos tiene derecho a acceder a playas de río, mar o lago, desembocaduras de ríos, cascadas o glaciares, por ser considerados todos como bienes nacionales de uso público.
Así también, el artículo 30 del Decreto N°2 del Ministerio de Defensa, datado en 2006, define a las playas de lago como “extensión de suelo que bañan las aguas en sus crecidas normales hasta la línea de las aguas máximas”.
Además, en su artículo 13, explícita que “los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos, deberán facilitar gratuitamente el acceso a éstos para fines turísticos y de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos al efecto”.
By. Tomás González F. / Diario UChile