La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $60.000.000 la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a Alberto Ramón Briones Guerrero, dirigente poblacional a la época de los hechos, que fue detenido por agentes del Estado el 29 de septiembre de 1973, y torturado en Machalí.
En fallo unánime (causa rol 7.904-2022), la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Mireya López. María Soledad Jorquera y el abogado (i) Óscar Torres– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se eleva el monto resarcitorio a una cifra proporcional a daño causado.
“Que esta Corte para los efectos de regular el monto de indemnización por daño moral, tiene presente que según fluye de la prueba aportada el demandante fue detenido por agentes del Estado cuando tenía tan solo 25 años de edad, permaneciendo por tres años recluido en diversos centros de detención, período en el cual no solo sufre la privación de libertad sino que además es objeto de diversos tormentos físicos y psicológicos, viéndose finalmente obligado a salir del territorio nacional, aspectos todos que han incidido en forma gravitante en su vida futura, cuestión que amerita regular la indemnización en la cifra que se dirá en la parte resolutiva”, sostiene el fallo.
La resolución agrega: “Que corresponde establecer que la suma ordenada pagar deberá ser reajustada de acuerdo a la variación que experimente el índice de precios al consumidor para operaciones reajustables entre la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y la fecha de su pago”.
“Además deberán pagarse intereses corrientes desde que el demandado se constituya en mora”, ordena.