marzo 28, 2024

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Diputado Berger respaldó proyecto que mejora la regulación en seguridad laboral y salud de los trabajadores

El diputado por Los Ríos Bernardo Berger (RN), respaldó el proyecto que mejora la regulación en seguridad laboral y salud de los trabajadores. La iniciativa fue enviada a un segundo informe a la Comisión de Trabajo.
La propuesta aprobada -este martes- en general por la Cámara de Diputados, por 135 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones, obliga a incluir en los contratos la mención del organismo administrador del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley 16.744) al que se encuentra afiliado el empleador.
En esta consignación contractual también se deberá incluir la referencia a los elementos necesarios que garantizarán a los trabajadores acceder en forma oportuna y adecuada a una atención médica, hospitalaria y farmacéutica (artículo 184 Código del Trabajo).

En este contexto Berger señaló que “está claro que hoy en día, con la actual regulación del sistema penal por accidentes de trabajo, dificulta difícil atribuir responsabilidad al empleador o a encargados de la prevención del riesgo al interior de la unidad empresarial. Esto, ya que la acción tiende a ser diluida en diversos intervinientes que operan en el funcionamiento de la empresa”.
Agregó que “por regla general los incumplimientos a los deberes de prevenir riesgos que se ocasionan en el ámbito de las personas jurídicas, implican responsabilidad de varios actores dentro de la entidad empleadora, desde el gerente general, pasando por el gerente de seguridad y salud en el trabajo, y terminando en las jefaturas”.
Finalmente sostuvo que “hoy la tendencia en derecho comparado ha sido reconocer desde la perspectiva penal, la existencia de ilícitos cometidos contra el trabajador más allá del ámbito común”.
Cabe mencionar que el proyecto también hace nuevas precisiones en el apartado de normas del Código del Trabajo relacionadas con protección a los trabajadores, entre otras, para que se proporcione información oportuna y adecuada a todos los trabajadores, y cuando corresponda a sus representantes, respecto de los riesgos que entrañan sus labores; del procedimiento de trabajo seguro para realizar la albor específica; de las medidas preventivas que deban observar; y los métodos de control de riesgos implementados.

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