marzo 29, 2024

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No+AFP presenta recurso de nulidad contra fusión AFP Cuprum-Argentum

El objetivo de la acción es que se declare nula la fusión autorizada por la Superintendencia de Pensiones en 2015, además de la restitución de los 130 mil millones al erario nacional.
La mañana de este jueves, la Coordinadora No+AFP, junto con parlamentarios y organizaciones sociales interpusieron, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, un recurso de nulidad de derecho público contra la fusión entre las AFP Cuprum y Argentum.
La fusión fue autorizada por la Superintendencia de Pensiones a inicios del 2015, lo que para el líder de la coordinadora No+AFP, Luis Mesina, “se trató de una operación irregular, una AFP como Argentum, que nunca tuvo oficina, que nunca pagó pensiones, que nunca tuvo trabajadores, que nunca pagó impuestos, pero que permitió con esta fusión fantasma a Cuprum ahorrarse 130 millones de dólares, no sólo nos parece gravísimo, sino que afecta la inteligencia de todos los chilenos y chilenas”.
Por su parte, el dirigente de Confederación Nacional de Profesionales Universitarios de los Servicios de Salud, Gabriela Farías, sostuvo que la acción interpuesta por NO+AFP da inicio a un año de movilizaciones en el que se discutirá el proyecto de reforma previsional del gobierno de Sebastián Piñera.
“El 2019 será un año de cambio y movilización para que el Gobierno, para que los parlamentarios, para que los políticos, para que nuestros compatriotas entiendan que tenemos que terminar con las AFP”.
Recordemos que en julio de 2016 y luego del decreto de la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Pensiones inició un proceso de invalidación de las fusiones de las AFP Cuprum-Argentum, controladas por el grupo Principal.
Esto anularía la unión de las entidades por incumplimientos de exigencias legales donde, al momento de verificarse la fusión, sólo existía válidamente la AFP Cuprum y no la AFP Argentum, por lo que no podría operar de acuerdo a derecho establecido, indicó la Contraloria.
El ente fiscalizador dejaba así sin efecto las reclamaciones del organismo que dirigió la ex superintendenta de pensiones Tamara Agnic, profundamente cuestionada por este caso y que derivó en una controversia con la ex ministra del Trabajo, Ximena Rincón. Posteriormente, Agnic renunció durante el pasado Gobierno de Michelle Bachelet.
Sin embargo, unas semanas después, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) no accedió a la solicitud de los diputados de la DC, Fuad Chahín y Patricio Vallespín, respecto de demandar la nulidad de derecho público de las fusiones de las AFP Cuprum-Argentum y Provida-Acquisition.
Uno de los argumentos presentados por el CDE es que la acción de nulidad podría originar nuevas controversias judiciales que apunten a la responsabilidad patrimonial del Estado. Otra razón es que a su juicio, aún no se determina un perjuicio fiscal -requisito necesario para emprender la demanda de derecho público-, además de que el establecimiento de un eventual menoscabo es de exclusiva competencia del Servicio de Impuestos Internos (SII).

El “Goodwill

En 2015, la Cámara de Diputados aprobó la creación de una comisión investigadora para indagar el caso en un plazo de 180 días. En esa época, quien era diputado de la DC e integrante de la mismaCoomisión, Fuad Chahín, afirmó que el objetivo de la fusión para el grupo Principal era generar un “goodwill”, es decir, un beneficio tributario.
Respecto de lo anterior, el SII señaló que el beneficio tributario de la fusión, que significó 130 millones de dólares, sí correspondía. De acuerdo con Gonzalo Polanco, abogado tributario de la Universidad de Chile, “el tratamiento del goodwill ha ido variando a través del tiempo en Chile, al principio no estaba legislado y fue regulado a través de oficios y de jurisprudencia administrativa por parte del SII. Posteriormente, se le dio una regulación legal que se modificó con la reforma tributaria del 2014”.
Además, el abogado aseguró que “la reforma establece limitaciones a la posibilidad de usarlo, porque se había utilizado de forma abusiva, pero se colocaron normas de carácter transitorio que permiten el uso del tratamiento tributario anterior. Y eso fue lo que hizo Principal, ya que le estaba permitido por la ley”.
By. Pilar León  / Diario Uchile

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